Por los fundamentos antes expuestos y los argumentos de hecho y de derecho explanados ut supra, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por REIVINDICACION, incoada por el ciudadano JAVIER ROMERO AVECEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.862.524, de este domicilio, en contra del ciudadano MELKIS URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.719.596, domiciliado en el Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia. ASI SE DECIDE.
Se condena a la parte demandante en este proceso al pago de las costas y costos procesales causados en el presente juicio, por haber sido vencida totalmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
REGÍSTRESE,.....