Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara:
PRIMERO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JESÚS ENRIQUE MANZANO, a los ciudadanos ARAMINDA MERCEDES MANZANO GALICIA, ANGELA JOSEFINA MANZANO GALICIA, JUVENAL ANTONIO MANZANO GALICIA, ANTONIA ELENA MANZANO GALICIA, RAFAEL EDECIO MANZANO GALICIA, NORYS DEL VALLE MANZANO GALICIA, OSCAR LUIS MANZANO GALICIA, JOSE LUIS MANZANO GALICIA, y ORLANDO JOSÉ MANZANO GALICIA, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
SEGUNDO: Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas para formar expediente.
TERCERO: Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo del expediente una vez que conste en actas la entrega de los originales a la parte solicitante.
PUBL.....