ACUERDA: PRIMERO: Declara con lugar lo solicitado por el ministerio público. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD al imputado REINALDO JOSE MARTINEZ VICUÑA, titular de la Cédula de Identidad N° 19.327.469, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No 19.327.469, natural de Cabimas Estado Zulia, fecha de nacimiento 22-10-88, de 22 años de edad, Soltero, de profesión u oficio Vigilante, hijo de REINALDO MARTINEZ y ANA ANGELINA VICUÑA, domiciliado en el Sector "La Montañita", Calle Principal, Casa no 32, Frente a la Plaza, Municipio Cabimas, Estado Zulia, Teléfono 0264-371-57-35, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, por lo cual se le imputa formalmente, cometido en perjuicio de la ciudadana YOHANA IRENE LUGO GUILLEN, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del Artículo 256 del Código Orgán.....