Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de PRÓRROGA DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, presentada por la Representación Fiscal en contra de los Imputados: REINER BENITO PAZ MORENO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 11-05-1989, soltero, de profesión u oficio maestro de obra, cedula de identidad N° V-19.074.631, hijo de NEIDA MORENO y SILFRIDO PAZ, residenciado en Santa Cruz de Mara, viviendas rurales de Lindura, entrando por la ferretería AA, Av. principal, casa S/N, al lado de abastos Ricardo, Municipio Mara Estado Zulia, Telf. 0262.493.3378, por la presunta comisión de los delitos de delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previstos y sancionados en los artículos 406 del.....