Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Único en Funciones de Ejecución, con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda PRIMERO: Ordenar la inmediata aprehensión del ciudadano ORLANDO JAVIER JULIO CAUSIA, de nacionalidad Venezolano, fecha de nacimiento 31-03-1981, de estado civil soltero, de profesión obrero, titular de la CI: 16.918.358, Hijo de Orlando Jesús Julio y Yolanda Causia Vanega, residenciado en la Sector los Tres locos, cuarta calle, entrando por el Abasto el mocho, numero de parcela 514, parroquia Venancio Pulgar, Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, teléfono 04262615122, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Ordenar el inmediato ingreso del ciudadano ORLANDO JAVIER JULIO CAUSIA, titular.....