En consecuencia, este Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, CONSIDERA SUFICIENTES LOS RECAUDOS PRESENTADOS PARA DECLARAR a los ciudadanos LEONARDO JUSTO GREGORIO DE LA SANTISIMA TRINIDAD, LEONARDO IV ANDRE, LEONARDO V MIKHAIL., MARIA EVEL y LEOANRDO III TERCERO ZUE VIRLA TORREALBA, titulares de cédulas de identidad V-16.048.995, V-17.827.527, V-19.575.487, V-19.575.486 y V-16.831.931, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE EVELIA DEL CARMEN TORREALBA PORRAS, quedando a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con el artículo ut supra transcrito.
Devuélvanse las presentes actuaciones en original al interesado y déjese copias certificadas de las mismas para su debido archivo.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese y regístrese la presente resolución.
Déjese copia certificada de esta resolución por Secretaría, de conformidad con lo dispuesto.....