En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA en el presente juicio de LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL seguido por LISBETH YUSMAIRA ZARRAGA contra ELEAZAR SEGUNDO TERAN MALDONADO:
Medida de Embargo Preventivo sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que por los conceptos de: Prestaciones Sociales, fideicomiso e intereses, vacaciones, bonos de transferencia, bono por adelantos de prestaciones sociales, le pudiera corresponder al demandado ciudadano ELEAZAR SEGUNDO TERAN MALDONADO, antes identificado, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA Petróleo S.A., desde el día veinticinco (25) de Julio del año 2005, hasta el día dieciocho (18) de Junio del año 2013, en caso de retiro, despido, jubilación o por la causa que fuere de.....