Se inicio la presente investigación en fecha 18 de Junio de 1998, la cual contiene el proceso seguido en contra PERSONA DESCONOCIDA, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, cometido en perjuicio de SUPER MAXIS, todo ello según se desprende de denuncia interpuesta por ante el Cuerpo Técnico de Policía Judicial donde se expone: Personas desconocidas sustrajeron una cámara fotográfica de la vitrina de Super Maxis.
Por otra parte, dicho lo anterior, tenemos que el delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, establece una pena de PRISIÓN DE SEIS (06) MESES A TRES (03) AÑOS; y tomando en consideración que han transcurrido más de SEIS AÑOS (06) AÑOS, desde el momento en que se consumó el hecho punible (18/06/1998), hasta la presente fecha; siendo el mismo, superior al tiempo señalado en el Ordinal 5° del Artículo 108 del Código Penal referente a la prescripción ordinaria penal;.....