Por los fundamentos expuestos anteriormente, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CODIGO CIVIL VENEZOLANO, interpuesta por los ciudadanos ELVIS JOSÉ MANZANILLA HERNÁNDEZ y THAINA SORALIS BELLORÍN FLORES, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nos. V- 13.704.598 y V- 14.279.839, respectivamente, domiciliado el primero en el Barrio San José, calle 89E, Avenida Principal, entrando por el antiguo Abasto Mi Esperanza, casa N° 40-06 y domiciliada la segunda en la calle 100, sector Sabaneta, Urbanización F.A.C., calle principal, casa N° 36, ambos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
DISUELTO el.....