Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos los ciudadanos NINOSKA SÁNCHEZ y KINDSY JOSÉ ORCIAL CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 9.700.666 y 7.216.825, de este domicilio, el 7 de julio de 1984, ante el Jefe Civil y Secretaria de la hoy Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 507, libro Nº 3, año 1984, acompañada a los autos en copia certificada, y cuyo domicilio conyugal estuvo ubicado en barrio Sierra Maestra, Av. 10 con calle 17, Nº 16-70, del Municip.....