En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS JUAN DE LA PAZ RAMIREZ GUEVERA Y GLAIDELIS DEL CARMEN SCOLLO CUMARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-18.570.674 y V-19.485.398, domiciliados, en la calle San Ignacio, casa s/n, Sector los Andes del Municipio Santa Rita del Estado Zulia, y por ende disuelto el vínculo matrimonial contraído por estos el día 18 de Diciembre de 2009, según Acta de Matrimonio Nº 42 cursante en actas, ante el Registro Civil del Municipio Cabimas del Estado Zulia.