Visto el escrito de solicitud de Medida de fecha Catorce (14) de Junio del año en curso, presentado por la ciudadana FLORELIA CLAIROL HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 5.808.032, este Tribunal le da entrada y ordena agregarlo a la pieza de medidas. Ahora bien, de conformidad con lo previsto en el artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 148 y 156 del Código Civil, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el cincuenta por ciento (50%) del salario integral restante de las deducciones del seguro social, impuestos, préstamos, del bono vacacional, utilidades o aguinaldos, retroactivo de sueldo, fideicomiso, intereses que genere el fideicomiso, prestaciones sociales y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano JUAN JOSÉ ÁLVAREZ MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 6.297.41, quien presta sus servicios en la empresa SOCIEDAD MERCANTI.....