JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Diecisiete (17) de Junio de 2.011.-
201° y 152°
Visto el escrito de solicitud de Medida de fecha Catorce (14) de Junio del año en curso, presentado por la ciudadana FLORELIA CLAIROL HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 5.808.032, este Tribunal le da entrada y ordena agregarlo a la pieza de medidas. Ahora bien, de conformidad con lo previsto en el artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 148 y 156 del Código Civil, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el cincuenta por ciento (50%) del salario integral restante de las deducciones del seguro social, impuestos, préstamos, del bono vacacional, utilidades o aguinaldos, retroactivo de sueldo, fideicomiso, intereses que genere el fideicomiso, prestaciones sociales y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano JUAN JOSÉ ÁLVAREZ MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 6.297.41, quien presta sus servicios en la empresa SOCIEDAD MERCANTIL PANASONIC, domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Capital. Para la ejecución de esta medida, se comisiona suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutores del Distrito Capital y estado Miranda de la Circunscripción Judicial, a quien se ordena librar despacho.- Ofíciese.-
El JUEZ PROVISORIO,
DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS. LA SECRETARIA,
MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.-

En la misma fecha se libró despacho de comisión y se ofició bajo el No. -2.011, y la sentencia quedo asentada bajo el Nro. .-
LA SECRETARIA,
MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.-


CRF/mc*.-