III
DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO interpuesta por la ciudadana SANDRY YULIETH VANEGAS ALFARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-21.511.855, número de contacto Whatsapp 0412-5478097, correo electrónico sandryvanegasa@gmail.com, domiciliada en el municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, por lo que, se ordena rectificar la partida de nacimiento insertada por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, con el No. 614, Libro 02 del año 1998, y del duplicado llevado por ante el Registro Civil Principal del Estado Zulia, en el sentido siguiente, en su asiento donde se lee: "YAN.....