IV.-Dispositivo:
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto (convenido), formulada por los ciudadanos GÉNESIS MARÍA ROSALES RIVERA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-25.490.781, con número telefónico: 0412-677-4968, correo electrónico: genesisrosalesrivera@gmail.com, domiciliada en el Municipio Maracaibo, del Estado Zulia y el ciudadano ÁNGEL DAVID PINEDA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No V- 16.780.521, correo electrónico: angeldping@gmail.com, domiciliado en el Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, y en consecuencia DISUELTO EL VINC.....