Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA Ejecutado el fallo dictado en la presente causa y DECRETA el Cómputo de la Pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN a cumplir por el penado MANCILLA EVERTSZ DIEGO ARMANDO, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 25-01-89, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Ayudante de Construcción, titular de la cedula de identidad N° V-19.695.786, hijo de BLAICER MANCILLA y VILMA EVERTSZ, residenciado en el Barrio Negro Primero, Avenida 3B, Casa N° 25-84, San Francisco, Estado Zulia, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuic.....