Con base en los hechos y circunstancias establecidas anteriormente y con fundamento en las disposiciones legales aplicadas, este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, constituido en forma Unipersonal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admitir la acusación fiscal invocada en el acto oral por el Fiscal Trigésimo Primero con Competencia para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Abog. EDUARDO OSORIO en contra del adolescente, NOMBRE OMITIDO EN VIRTUD DE LA CONFIDENCIALIDAD ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, de 18 años de edad, nacido el 06-09-86, titular de la Cédula de Identidad N° 21.567.382, hijo de Angel hernandez (d) y Nulicia Fleire (v) residenciado en vía La Concepción Kilometro 27, sector Zona Verde, por la comisión como autor del delito de HURTO AGRAVADO EN GRAD.....