Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la Solicitud de Medidas que forma parte del juicio que por Resolución de Contrato sigue la Sociedad Mercantil AUTOMOTRIZ CABIMAS C.A, contra la Sociedad Mercantil TOTAL ONE C.A., ya identificadas, declara:
SIN LUGAR la medida de secuestro solicitada sobre el vehiculo nuevo marca Chevrolet, tipo Camioneta Sportwagon, año 2006, color Gris Coumberland, serial de carrocería 8ZNCE13BO6V340573, serial de Motor 06V340573, modelo Grand Vitara XL7 4X2, T/A FAC.LFT C/STAR matriculado bajo el No. AFS-98B, ASI SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas, en virtud de que en este fallo, no hubo intervención de la parte demandada.