DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado JOEL ENRIQUE BARRIOS HERRERA, venezolano, natural de Caracas Distrito Federal, de 22 años de edad, soltero, obrero, hijo de Rafael Barrio y Vilma Herrera, residenciado en el barrio Carmelo Urdaneta, calle 101, No. 76ª-66, Maracaibo Estado Zulia, como formula alternativa de cumplimiento, LA LIBERTAD CONDICIONAL, hasta que culmine el día 17-07-2006, de conformidad con los artículos 479 ordinal 1° en concordancia con el Segundo y Tercer Aparte del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.- Publíquese, Regístrese, 0ficiese.Notifíquese.