Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este JUZGADO SÈPTIMO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CULPABLE A LOS CIUDADANOS JULIO CESAR ZAMBRANO BARRIOS, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo, de 25 Años de Edad, Fecha de Nacimiento: 03-07-1984, Soltero, de Profesión u Oficio Obrero, Cedula de Identidad V16.987.391, hijo de REGER ZAMBRANO y YAMERIS BARRIOS, Residenciado en el Barrio el Márquez, calle principal, casa sin numero, a tres casas del Abastos del Señor Miguel, teléfono 0416-2672652, Municipio San Francisco del Estado Zulia y EDIXON DE JESUS VELASQUEZ SALAS, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo, de 18 Años de Edad, Fecha de Nacimiento: 18-08-1991, Soltero, de Profesión u Oficio Obrero, cedula de identidad V-20.864.071, hijo de EDIXON VILLA y ELISA VELASQUEZ, residenciado en la.....