Por los Fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio Mixto del Circuito Judicial del Estado Zulia. Administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa penal seguida en contra del ciudadano Argenis José Aular Vilchez, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 16-10-1978, de estado civil soltero, de profesión chofer, titular de la cedula de identidad Nro. 14.416.814, hijo de Argenis José Aular Noguera y Rosa Maria Vilchez residenciado en el Barrio Royal, calle 98 Sector Cañada Honda Casa Nro. 21A- 62 antes del Puente Socorro. Teléfono 0416-7669555. Maracaibo Estado Zulia, Aprovechamiento de Cosa Proveniente del Delito, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana CARMEN MARIA PAZ, por haberse extinguido la acción penal, de confo.....