Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIDA LA PENA PRINCIPAL a favor del penado RAFAEL ANGEL VALESTRINI VILLALOBOS, venezolano, portador de la cédula de identidad N° 9.771.399, de oficio zapatero, soltero, nacido el día 05-12-68, hijo de Rafael Valestrinis y María Villalobos, residenciado en: Sector Los Olivos, calle 68C con Av. 67 casa N° 5-113, al fondo del antiguo cine Ideal, Maracaibo, Estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal; y Queda Sujeto a la Vigilancia de la Autoridad por una cuarta parte (1/4) de la pena impuesta por ser pena de presidio, hasta el día 26-06-2010. Regístrese y Notifíquese la presente Decisión, Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION,
DRA. .....