III.- PARTE DISPOSITIVA.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos RENE DANIEL GONZALEZ PEREIRA y ANDREA PAOLA MORENO NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cedula de identidad N° V-23.459.306 y V-23.740.426, correos electrónicos renedanielgp@gmail.com y adrearenem@gmail.com, números de contacto +56930997859 y +56954794292, domiciliados en la Ciudad de Arica, Santiago de Chile; de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil Venezolano y acogiéndonos al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha Siete (07) .....