Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta PRIMERO: ACUERDA LA AMPLIACION EL PLAZO DE PRUEBA POR SEIS (6) MESES, de conformidad con lo previsto en el articulo 46 Ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos LUIS GUSTAVO BOSCAN QUINTERO, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad No. 21.353, estado civil soltero, fecha de nacimiento 04-11-1988, con residencia en Sector los Estanques, Avenida Pomona, al fondo de Palacios de Eventos, Calle 111, Casa N° 53-31, entrando por Centro 99, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, teléfono 0424 -6486517 y ARNOLDO JESÚS ROMERO VILLALOBOS, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° 16.362.912, de estado civil soltero, fecha de naci.....