Dispositivo.-
Por los fundamentos expuestos este Juzgado Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
Primero: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos MAHECHA DE SANCHEZ MARGOTH y LINDO JOSE SANCHEZ AGUIRRE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 14.922.787 y V- 9.766.121, respectivamente, domiciliados en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente, Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 16 de abril de 1991, como se evidencia de acta No. 267, expedida por la mencionada autoridad.
Se deja constancia, que los ciudadano.....