Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: que son suficientes los derechos que tienen los ciudadanos, MARIA FRANCISCA COBIS DE CORDERO, DAISY COROMOTO CORDERO COVIS, MILADIS RAMONA CORDERO COVI, MAGALY MARGARITA CORDERO COBIS, ERNESTO JOSE CORDERO COBIS, EMILIANO SEGUNDO CORDERO COBY y YESENYA CAROLINA CORDERO COBIS, antes identificados, como UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE EMILIANO ANTONIO CORDERO . ASÍ SE DECLARA.-