Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, YUNEIRA DEL CARMEN FERRER MORENO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.466.557, domiciliada en La Avenida los Robles, calle Piar, casa s/n, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y el ciudadano GUZMAN RAMIRO MONCADA ROSALES, Venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-10.682.725, domiciliado en el Sector Virgen del Carmen, calle numero 3, casa s/n, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, a favor de su hija Adolescente:.....