Por los fundamentos expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, extensión Cabimas del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda la entrega EN DEPOSITO del vehiculo CLASE: Camioneta, MARCA: Chevrolet, MODELO: C-10, COLOR: gris y negro, TIPO: Pick-Up, PLACA: 315VBG, SERIAL DE CARROCERIA: 2GCDC14D9B1160557, SERIAL MOTOR K1212CNU, AÑO: 1981, USO: CARGA; al ciudadano BREINEL SEGUNDO CASTILLO RUIZ cédula de identidad N° V- 16.303.610, para su USO, GUARDA, CUSTODIA Y CONSERVACION y con la PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, VENDER, CEDER, TRASPASAR O NEGOCIAR DE CUALQUIER MANERA EL VEHÍCULO antes descrito, hasta tanto no concluya la investigación fiscal, o se acuerde la entrega plena, todo de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.