DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el Procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano WILQUIEN RANGEL RIVAS, Venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad No 13.829.909, fecha de nacimiento 08-07-1975, de profesión comerciante, hijo de ISMENIA RIVAS Y ERASMO RANGEL, residenciado en el Sector cañada Honda, calle 94, casa N° 45-16, al fondo de la ferreterí.....