ÚNICO: Se fijan los honorarios profesionales que debe pagar la Sociedad Mercantil "CONSTRUCTORA LA MONTAÑA C.A.," inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 17 de Agosto del año 2007, bajo el Nº 29, folio 144, Tomo: 50-A, representada por los ciudadanos JOSÉ MANUEL BAVARESCO BADELL, titular de la cédula de identidad Nº 3.491.055 y FRANCISCO AGUSTÍN RAMOS ESCALONA, titular de la cédula de identidad Nº 12.024.219, a los ciudadanos abogados GIGIOLA ANTIDORMI PÉREZ, LUIS RAFAEL MELENDEZ GARCÍA y YAJAIRA GUERRA LEÓN, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.817.774, V-13.346.813 y V-10.169.061, respectivamente, e inscritos en el I.P.S.A, bajo los Nos. 90.237, 90.001 y 119.540, en su orden, en la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 66.000,00).Así se establece.