PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional presentada en fecha 26 de julio de 2024, por la profesional del derecho Zoila Esperanza Medina Ollaverz, inscrita en el Inpreabogado 114.178, actuando con el carácter de defensora privada del ciudadano MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 13.209.785, en contra de la Abg. Yoriedxis Sierra Peña, en su condición de jueza del Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, por violación de las garantías constitucionales de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y del derecho a la defensa, contemplados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con el artículo 27 ejusdem.
SEGUNDO: SE ORDENA RESTITUIR las garantías constitucionales violentadas y, en consecuencia, se impone al ciudadano MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V......