DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1) Consumado el acto procesal de esta transacción, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN), sigue la SOCIEDAD MERCANTIL PROTBECA, C.A. contra la Sociedad Mercantil JANTESA, S.A., identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- ASÍ SE RESUELVE.-
Obró como apoderado judicial de la parte actora, el abogado GERARDO VIRLA VILLALOBOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.111.583 y como apoderada judicial de la parte demandada, la abogada SUSANNA PACILLO G, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.4.....