PRIMERO: ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO interpuesto por el profesional del derecho Marcos Salazar Huerta, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano Edgar José Márquez Materán, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.083.695, dirigido a impugnar la decisión Nº 5C-204-2023, dictada en fecha veintinueve (29) de abril de 2023 por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, de conformidad con lo previsto en los numerales 4° y 5° del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que quien apela no ofertó medios probatorios en su escrito recursivo Así se declara.-
SEGUNDO: ADMISIBLE EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN presentado por la Fiscalía Duodécima (12°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra del recurso de apelación de auto interpuesto por la defensa técnica del imputado de autos. Se deja constancia que la V.....