Por las razones expuestas, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto el por las abogadas Maria Teresa Ramírez de Finol y Ana Sabina Pirela Paz, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 10.350 y 19.441, respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales de la sociedad de comercio NUTRE-ALIEMNTOS, C.A (NUTREALCA), inscrita ante el Registro de Información Fiscal bajo el Nro. J-30243309-6 e inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 16 de febrero de 1995, bajo el Nro. 6, Tomo 15-A, según se evidencia de documento poder original que corre inserto a los folios 50 al 51 del expediente judicial, contra la Resolución del Recurso Jerárquico Administrativo distinguida con letras y números SNAT-GGSJ-GR-DRAAT-2014-0873, emanada del Gerente Genera.....