En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus OLGA MARGARITA RAMÍREZ DE RAMOS, a los ciudadanos GLEDYS COROMOTO RAMOS DE HUGGINS, GUIDO ARMENIO RAMOS SÁNCHEZ, GUIDO BART RAMOS RAMÍREZ, GOLGUIN ENRIQUE RAMOS RAMÍREZ y GILFREDO DOUGLAS RAMOS RAMÍREZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-7.835.424, V-1.662.508, V-5.772.389, V-11.893.541 y V-7.835.398, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los documentos originales consignados, previa certificación en actas de los mismos. Expídanse dos (02) copias certificadas de la solicitud para que sean entregadas .....