Por los fundamentos de Hechos y de Derecho expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EXTINCION DE LA ACCION PENAL y el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano DAVID JULIO CONTRERAS, colombiano, natural de Sincelejo, titular de la cédula de identidad número E-83.150.082, de 44 años de edad, hijo de Humberto Contreras y de Anatil Morales, con domicilio en Los Cruces a 200 mts de Covimara, Barrio La Cima Roja, viniendo del Mojan segunda Calle Estado Zulia, en la causa seguida en su contra por la comisión del delito TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 254 de la LOPNNA, en perjuicio de Katherina Hernández. Todo de conformidad con establecido en el numeral 7 del articulo 48 Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 3º del artículo 318 de.....