DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado HUMBERTO DARRY PEREZ SUAREZ, en su carácter de defensor de los imputados de autos; SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 29 de abril del 2005, en la cual fue decretada medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de los imputados ANDERSON JOSÉ LÓPEZ SALAZAR, MARIA ALCIRA GONZÁLEZ y GEOVANNY RAFAEL CASTRO TAFUR, por la presunta comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometidos en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.