¿ LA COSA JUZGADA FORMAL, en el presente Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, intentado por la ciudadana NIEVES BEATRIZ MUÑOZ RINCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.919.212, en contra del ciudadano LEONARDO ENRIQUE MARIN USECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.685.963, actuando en interés y beneficio del niño LEONARDO DAVID MARIN MUÑOZ, por cuanto el monto de la Pensión de Manutención a favor del niño ante nombrado, ya ha sido fijado en la sentencia de fecha 08 de Septiembre de 2003, dictada en el juicio contentivo de Separación de Cuerpos y Bienes, bajo el expediente N° 1532, por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 1, en beneficio del niño LEONARDO DAVID MARIN MUÑOZ, por tanto, lo que procedería en ese caso sería la Revisión de esa pensión de manutención, para proponer los nuevos hechos que podrían originar la .....