Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO propuesta por el ciudadano JOSÉ GABRIEL GONZÁLEZ VISO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 15.455.480, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana MARYELING DEL ROSARIO BERMÚDEZ RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.561.242, del mismo domicilio; con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, referido al Abandono Voluntario.
• DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSÉ GABRIEL GONZÁLEZ VISO y MARYELING DEL ROSARIO BERMÚDEZ RAMÍREZ, plenamente identificados en actas, el día tres (03) de junio del año dos mil.....