III
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓNJUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, propuesta por el ciudadano UDON RAUL TABORDA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V21.076.983, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia, se ordena rectificar el acta de Nacimiento signada bajo el Nº 1011, levantada por la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá durante el año 1991, perteneciente al ciudadano UDON RAUL TABORDA SANCHEZ signada en el sentido siguiente: en su asiento original, donde se lee: "......OMAIRA SANCHEZ NIÑO, Venezolana, soltera, de oficios del hogar, de veinticuatro años de edad, cedula N° 10.675.983, ",.....