Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, a favor del penado LUIS ODORICO VILLASMIL ROJAS, Venezolano, natural de Santa Bárbara del Zulia, titular de la cedula de identidad N° 7.791.811, Casado, de profesión u oficio Secretario Deportivo en la unión de Transportistas del Manzanillo, residenciado en el Barrio El Manzanillo, calle 22 N°25-41 Municipio San Francisco, Estado Zulia, en la causa seguida en su contra, por la comisión del delito como COOPERADOR INMEDIATO en el delito de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el articulo 460 y 278 del Código penal, en concordancia con los artículos 82 y 83 Ejusdem, perjuicio de los ciudadanos ANA CELINA BRAVO, HÉCTOR RINCÓN Y EL ORDEN PUBLICO; de conformidad con lo establecido en el art.....