Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por DIVORCIO (185-A), incoado por el ciudadano DENNY BELANDRIA, contra la ciudadana MARISOL CAÑAS UZCATEGUI, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARISOL CAÑAS UZCATEGUI, por intermedio de su apoderado judicial, abogado JULIO UZCATEGUI, contra la decisión, de fecha 10 de noviembre de 2014, proferida por el JUZGADO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, mediante la cual se apertura una articulación probatoria, de conformidad con lo establecido en el articulo 607 del Código de Procedimiento Civil y se declara la citación tácita de la ciudadana MARISOL CAÑAS.....