Ahora bien, visto que existen bienes embargado en posesión del ciudadano HECTOR FLORES, en su condición de Depositario Judicial provisional, y por cuanto las parte han llegado a una cuerdo amistoso, se ordena desafectar dichos bienes, quedando así levantada la medida ejecutada en fechas 23 y 27 de abril de 2009; por tanto se le ordena al ciudadano HECTOR FLORES, haga entrega al ciudadano JOEL ALBERTO ARELLANES SEGOVIA, antes identificado, de los siguientes bienes: un lote de ganado vacuno compuesto por 10 vacas paridas de diferentes, tamaños, colores y razas; marcadas con hierro matador que a continuación se estampa, a las cuales se les aprecia individualmente, los números siguientes: 167, 172, 181, 182, 191, 201, 204, 205, 214, y 244; y una (01) planta eléctrica de 15 Kw. Serial 4483875, marca centurión 15.000 electric. Stara, a gasolina e color negro con amarillo. Así se decide.
Asimismo, visto el acuerdo de las partes, se ordena terminar las causa.....