declara INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, intentada por la ciudadana MARIA OLIMPIA ROSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.711.564, asistida por el Abogado en ejercicio DAVID ENRIQUE CASTILLO BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.475. Así se decide.-