En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano JONNATHAN JOSÉ JUAREZ GUERRA, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.422.788, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, domiciliado en la Calle Principal de Apostadero, Caserío Guerra, Casa Nº 4, Color Amarillo, Municipio Maneiro de este estado, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISION mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453, Ordinal 4° del Código Penal, HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal.....