a) CON LUGAR la demanda de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana ANA CONSUELO LINARES GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 11.128.270, domiciliada en el Sector Amparo, Calle 57, Nº 83C-36, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano ALI JOSE CORONADO JUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 9.765.389, a favor del niño ALI JOSE CORONADO LINARES.
b) SE MANTIENEN las cantidades de dinero fijadas en la sentencia de fecha 10 de Febrero de 2004, dictada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 2.
c) El ciudadano ALI JOSE CORONADO JUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 9.765.389, deberá cancelar la cantidad de TREINTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 39,00), por el atraso injustificado de los meses de Julio, Agosto, Sept.....