Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR la cuestiones previas contenidas en los ordinales sexto (6to) y undécimo (11°) del artículo 346 del vigente Código de Procedimiento Civil, promovida por el ciudadano JOSE IGNACIO BATISTA ROMERO, apoderado judicial de la sociedad mercantil TE CON TÉ C.A., en el presente Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por la ciudadana STEPHANY HUYKE OREE, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil VERTIX INSTRUMENTOS S.A., contra la sociedad mercantil TE CON TÉ, C.A., suficientemente identificados en actas. ASÍ SE DECIDE.-
• Por la naturaleza de este fallo, se condena EN COSTAS, a la parte vencida en la presente incidencia, esto es, a la sociedad mercantil TE CON TÉ C.A.,. ASÍ SE ESTABLECE.-