CON LUGAR la demanda de REVISIÓN DE SENTENCIA POR AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana CLAUDIA MARGARITA ALVAREZ SUAREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 23.743.587, en beneficio de su hija, la niña CLAUDIMAR LARA ALVAREZ, contra el ciudadano JESÚS ENRIQUE LARA QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.568.273. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez, atendiendo al interés superior de la niña de autos, fija como pensión de obligación de manutención mensual la cantidad equivalente al 33.33% del Salario Mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN BOLÍVARES, (Bs.4.251,00) MENSUALES, es decir, que el ciudadano JESÚS ENRIQUE LARA QUINTERO, mensualmente deberá aportar MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS BOLÍVARES CON 98/100 (Bs.1.416,98) por concepto de manutención, los cuales serán pagaderos los p.....