DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada en fecha 17 de junio de 2014, por la la ciudadana ANYI ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.058.146, en su carácter de parte demandada, asistida por el profesional del derecho JOSÉ RAFAEL RIVERA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 149.761, y la apoderada judicial de la parte actora la profesional del derecho YULIBETH ATENCIO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 132.808.
No hay condenatoria en costos y costas, dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia.....