En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación de auto presentado por las abogadas en ejercicio LESLIS MORONTA LÓPEZ y ANALY GONZÁLEZ MORONTA, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 12.143 y 125.785, respectivamente, con el carácter de defensoras privadas de los ciudadanos TONY ENRIQUE ACURERO ROSALES, JOSÉ GREGORIO CARVAJAL FREITES, JOBANNY BRITO LOAIZA y ERICO DE JESÚS ACOSTA PAZ, contra la Decisión N° 741-09 de fecha primero (1°) de Mayo de 2009, emitida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los ciudadanos en mención, por la presunta comisión de los delitos de CONCUSIÓN y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en los artículos 60 d.....